Colombia dio apertura a la primera ronda de energía eólica costa afuera

El Ministerio de Minas y Energía a través de su titular, Andrés Camacho, lanzó oficialmente los pliegos y bases de condiciones específicas de la Primera Ronda de Permiso de Ocupación Temporal sobre áreas marítimas para la generación de Energía Eólica Costa Afuera en Colombia y dio apertura a la fase de habilitación de interesados.

El anunció el cual se hizo en el marco de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático COP28 que se lleva a cabo en Dubái, fue el escenario para el ministro Camacho hiciera una invitación allí dijo “invitamos a inversionistas de todo el mundo e interesados en el desarrollo de la energía eólica costa afuera, a que se enamoren de Colombia, a que inviertan y contribuyan en este proceso de transición económica, social, ambiental y energética”.

Para hacer el anuncio, el MinEnergía confirmó que se hizo una articulación con la Dirección General Marítima (DIMAR), donde se construyó el marco regulatorio necesario el cual se fortaleció con el nombramiento de la Agencia Nacional de Hidrocarburos como administrador del mismo.

Frente a la ANH el Gobierno reiteró que sigue avanzando para convertirse en Agencia de Energía.

En cuanto a la primera ronda, el Ministerio de Minas y Energía, explicó que “con la publicación de los pliegos y bases de condiciones, se espera que, empresas interesadas se habiliten para presentar sus ofertas, y así poder ser adjudicadas con los permisos de ocupación temporal sobre áreas marítimas ubicadas específicamente, en la zona marino-costera de los departamentos del Magdalena, Atlántico, Bolívar y Sucre (Caribe central); cada proyecto deberá ser mínimo de 200MW”.

Frente a las empresas interesadas, se dejó claro que “podrán habilitarse demostrando sus capacidades jurídicas, técnicas y financieras que les permitirán presentar propuestas por las áreas ofertadas”.

Finalmente, se expuso que “el proceso competitivo contempla 4 etapas que se desarrollarán en un periodo de aproximadamente 14 meses, así: (i) habilitación; (ii) nominación de áreas; (iii) evaluación y selección, y (iv) formalización y otorgamiento del permiso de ocupación temporal sobre áreas marítimas”.

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